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EsPaja | ¿Gobierno de Maduro tiene centros clandestinos para desaparición forzada?



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EsPaja | septiembre 21, 2020

Es verdad. El informe de la Misión de Determinación de Hechos documenta la existencia de centros de detención clandestinos donde se comete el delito de Estado de desaparición forzada, negado sistemáticamente por voceros del gobierno

Texto: Alexis Correia


Una desaparición forzada no está necesariamente asociada a torturas —ambos son crímenes separados en la legislación venezolana—, aunque con frecuencia, una pavimenta el camino de la otra. «Efectivamente, son figuras autónomas. Pero en Venezuela, el patrón que ha ocurrido, sobre todo en las 77 casos de militares detenidos por DGCIM señalados en el informe de la Misión de Determinación de Hechos en la ONU, coinciden hasta tres figuras: detenciones arbitrarias (sin orden judicial), desapariciones forzadas y torturas», indicó el abogado Alí Daniels, de la ONG Acceso a la Justicia, a EsPaja.com a través de mensajes de voz.

Si bien no indica de manera expresa que allí se han efectuado torturas, el informe publicado ante la ONU el 16 de septiembre de 2020 por los juristas internacionales Marta Valiñas, Francisco Cox y Paul Seils (aquí sus 443 páginas) identifica e incluso geolocaliza lugares de Caracas en los que se han cometido desapariciones forzadas. Una información relativamente novedosa para los organismos multilaterales de derechos humanos y justicia, al menos con este nivel de precisión.

Geolocalización: Jesús Urbina

Vista satelital de un centro de desaparición forzada en los Altos Mirandinos

*Lea también: Gasolina colombiana llega ilegalmente a los estados Táchira y Zulia

La lista de los lugares clandestinos para desaparición forzada

«La investigación de la Misión reveló que la Dgcim detenía con frecuencia a las personas en centros de detención clandestinos o non-oficiales, especialmente en las primeras horas o días de detención. El examen de los casos por la Misión reveló que desde 2018, el uso de estas instalaciones por parte de la Dgcim se ha incrementado. Los primeros días de la detención personas detenidas fueron llevadas a la sede de la Dgcim Boleíta o a centros no oficiales de detención. La Misión tiene conocimiento de seis lugares de detención clandestinos o no oficiales:

  • Un sitio en San Bernardino cerca de Crema Paraíso
  • Una casa en el área de Bello Monte de Caracas
  • Una casa en la urbanización San José en el Fuerte Tiuna o cerca, en Caracas
  • Un sitio en el Fuerte Tiuna donde el Ministerio de Defensa y el Comando del Ejército tienen su sede
  • Un sitio comúnmente conocido como Sorocaima o La Mariposa en la zona militar de San Antonio de Los Altos en el estado Miranda (detallado en imagen satelital)
  • Una ubicación en la zona montañosa del municipio de El Hatillo, estado Miranda

 Negación sistemática… práctica sistemática

¿Qué es una desaparición forzada? La privación de libertad de una persona por agentes del Estado, «seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona», según la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. El Estatuto de la Corte Penal Internacional, incluso, llega a definir este crimen como «secuestro» de Estado.

«Se prohíbe a la autoridad pública, sea civil o militar, aun en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías, practicar, permitir o tolerar la desaparición forzada de personas. El funcionario o funcionaria que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene la obligación de no obedecerla y denunciarla a las autoridades competentes. Los autores o autoras intelectuales y materiales, cómplices y encubridores o encubridoras del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo, serán sancionados o sancionadas de conformidad con la ley», reza expresamente el artículo 45 de la Constitución vigente en Venezuela, una progresión con respecto a la anterior Carta Magna (1961), que omitía este delito.

Funcionarios del gobierno de Nicolás Maduro han negado la perpetración del delito de desaparición forzada en Venezuela (o han eludido referirse a ella). «Esta semana arrancó una campaña internacional por las desapariciones forzadas (…). De desapariciones forzadas saben los adecos y los copeyanos, sabe el imperialismo, que fueron los que crearon esa figura», dijo el 24 de junio de 2020 Diosdado Cabello, presidente de la asamblea constituyente de 2017 y candidato a diputado del PSUV en el evento electoral del 6 de diciembre de 2020, como reseña esta verificación previa de EsPaja.com.

*Lea también: Cuatro militares murieron en un operativo para desmantelar campamentos fronterizos

«Él está siendo investigado por los mismos hechos (la fallida rebelión militar del 30 de abril de 2020)… Oye, mire, usted quiere que yo en este programa viole todas las reservas legales habidas y por haber, y yo no lo voy a hacer, de verdad… Usted me pide que yo le dé datos de todos los calibres, y ese no es mi papel ante un programa de televisión… Recuerde en Argentina lo que ocurrió durante la década de los 80 sobre ese tema», respondió Tarek William Saab, fiscal nombrado por la constituyente, cuando Marcelo Longobardi, que le entrevistó en la cadena internacional CNN en Español el 22 de mayo de 2020, le preguntó repetidamente por el paradero para esa fecha del diputado Gilber Caro, que ha sido víctima hasta tres veces de este crimen de lesa humanidad durante su período en la Asamblea Nacional.

«La Misión tiene motivos razonables para creer que Gilber Caro fue víctima de detención arbitraria y desaparición forzada de corta duración en tres ocasiones entre 2017 y 2020. Oficiales de la sede del Sebin en Naguanagua, Carabobo, estuvieron involucrados en el primer arresto y detención en 2017; oficiales del Sebin también estuvieron involucrados en el segundo arresto y detención en abril de 2019 en el área de Las Mercedes de Caracas. La tercera detención fue una operación conjunta llevada a cabo por oficiales del SebinEs, las FAES, la GNB y la PNB, que operaron en coordinación entre sí», indica sobre este caso el informe publicado ante la ONU el 16 de septiembre de 2020.

Agrega el informe:

«La Misión encuentra motivos razonables para creer que durante el período que se examina se utilizaron detenciones arbitrarias (en Venezuela) para atacar a personas por su afiliación, participación, puntos de vista, opiniones o expresión politica (…). La Misión también tiene motivos razonables para concluir que esas detenciones arbitrarias no constituyeron actos aislados o aleatorios. La reiteración de la conducta, las similitudes en el modus operandi y la participación de diferentes instituciones estatales en distintos niveles, como se ilustra a continuación y se informa en los relatos de las víctimas, los testigos y otras fuentes, muestran que las detenciones arbitrarias de opositores o críticos se llevaron a cabo de manera sistemática. Los disidentes seleccionados también fueron víctimas de desapariciones forzadas de corta duración y de actos de torturas y tratos crueles inhumanos o degradantes a manos de los organismos de inteligencia».

*Lea también: Trinidad y Tobago realizará inspección a tanquero anclado con crudo en el Golfo de Paria

Sin justificación

La presunta existencia de planes para derrocar a un gobierno o atentar contra una autoridad, de ninguna manera, justifican que existan centros donde se practiquen desapariciones forzadas. «En el caso de que se alegue un golpe de Estado, un magnicidio o lo que sea, la respuesta es que no se puede combatir un delito cometiendo otro. No existe justificación moral ni jurídica para decir que voy a desaparecer, torturar o matar», dejó claro el especialista Alí Daniels, que contestó tres preguntas a EsPaja.com sobre el delito de desaparición forzada a propósito del informe de la ONU:

EsPajaVE · Desapariciones forzadas: tres preguntas para Alí Daniels, de la ONG Acceso a la Justicia
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Alí DanielsDesaparición forzadaDgcimEspajaSebin


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