Proyecto modificado de amnistía mantiene exclusión de hechos que reclaman las ONG
Los hechos objetos de amnistía se reducen a nueve momentos históricos. El abogado Joel García ha dicho que los hechos amnistiables se reducen a poco más de dos años. Andreina Baduel, a nombre del Comité por la Libertad de los Presos Políticos, ha señalado que bajo estos lapsos, más de la mitad de los detenidos quedan por fuera de amnistía
El proyecto modificado de la ley de amnistía, cuya segunda discusión se prevé este jueves 12 de febrero, mantiene la exclusión de hechos que dejan por fuera a centenares de presos políticos, según han denunciado diversas ONG y comités de familiares en la última semana.
El proyecto se dio a conocer la tarde de este jueves antes del inicio de la sesión ordinaria, que estaba programada para la 1:00 p.m. Sin embargo, los parlamentarios iniciaron la jornada pasadas las 2:17 p.m.
La nueva propuesta de amnistía consta ahora de 15 artículos, al incluir tres apartados referentes al ámbito temporal (art. 6), que se mantiene entre el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de la norma, el ámbito personal (art. 7) siempre que la persona «esté a derecho o se ponga a derecho luego de la entrada en vigencia» del instrumento.
Asimismo se incluyó la posibilidad de interponer recursos (art.12) contra las decisiones de tribunales de control o juicio que nieguen la aplicación o sobreseimientos de la amnistía.
El proyecto de ley excluye en su artículo 1 la mención de «personas que hayan sido procesadas o condenadas o la presunta o comprobada comisión de delitos políticos o conexos», y limita a «los delitos o faltas acaecidos en el marco de los hechos y el ámbito temporal que se indican en esta Ley».
Dentro de la finalidad de la amnistía (art. 2) se incluyó la «rectificación» y «favorecer la reintegración a la actividad pública de las personas beneficiadas por esta Ley».
El principio de interpretación (art. 5) también se modificó para incluir el principio de in dubio pro reo, es decir, el beneficio en caso de duda por insuficiencia probatoria.
Los hechos objetos de amnistía se reducen a nueve momentos históricos: el golpe de Estado de 2002, el «paro y sabotaje empresarial» petrolero entre 2002 y 2003, los hechos de febrero, marzo y agosto de 2004; mayo de 2007; los hechos relacionados a las elecciones presidenciales de abril de 2013 y de julio de 2024; las manifestaciones entre febrero y junio de 2014, las de marzo y agosto de 2017, y las ocurridas entre enero y abril de 2019.
Sobre esto, organizaciones de derechos humanos y comités de familiares han dicho que excluyen a diversas causas por motivaciones políticas, especialmente de militares. El abogado Joel García ha dicho que los hechos amnistiables se reducen a poco más de dos años. Andreina Baduel, a nombre del Comité por la Libertad de los Presos Políticos, ha señalado que bajo estos lapsos, más de la mitad de los detenidos quedan por fuera de amnistía.
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El artículo 9 reitera los delitos excluidos de amnistía y se anexan las «lesiones gravísimas», mientras que dentro del artículo 10 se borra la extinción de pleno derecho de acciones administrativas.
En cuanto a los procedimientos judiciales (art. 10), se otorga un lapso de 15 días continuos a los tribunales de control o juicio para decretar el sobreseimiento de procesos o la anulación de sentencias firmes.
También señala que «en los procesos que se encuentren en fase preparatoria, intermedia o de juicio, la solicitud podrá
ser presentada por el Ministerio Público, la persona procesada o su defensor. En los procesos en fase de ejecución, la solicitud podrá ser interpuesta por cualquiera de los sujetos a que hace referencia el artículo 463 del Código Orgánico Procesal Penal».
Respecto al seguimiento de aplicación de la ley (art.15), se elimina la competencia al Ejecutivo. Ahora será la Asamblea Nacional, «a través de una comisión especial creada al efecto, desarrollará e implementará mecanismos para asegurar el cumplimiento de esta Ley, en colaboración con los órganos del Sistema de Justicia».
Además se incluyó una disposición final referente a la entrada de vigencia de la ley una vez se publique en Gaceta Oficial.
Las organizaciones también han planteado sus críticas al borrado de archivos, la no inclusión de medidas de carácter administrativo (inhabilitaciones políticas), la falta de medidas para la restitución laboral o de bienes y activos, al igual que un mecanismo de verificación que incluya a las organizaciones de víctimas o de derechos humanos.
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