Justicia Venezolana: algunos militares presos podrían recibir amnistía
Lilia Camejo, también directora de Justicia Venezolana y experta en justicia penal militar, apuntó que «no es cierto que los presos políticos militares no estén cubiertos dentro de la Ley de Amnistía». Camejo explicó que el artículo 8 del instrumento, en su numeral 10, establece que los hechos violentos que se suscitaron entre enero hasta abril del 2019, entran dentro del amparo de la amnistía, exceptuando la rebelión militar
La ONG Justicia Venezolana desmintió que todos los presos políticos militares podrían quedar excluidos de la Ley de Amnistía. Manifestaron su respaldo a la norma, aprobada en segunda discusión en la Asamblea Nacional (AN) el pasado jueves 19 de febrero.
Durante una rueda de prensa, la directoras de la oenegé detallaron que el artículo 8 de la ley sólo deja por fuera a castrenses condenados por rebelión militar, delito que no fue imputado en todos los casos.
Neida Pérez Morillo, abogada y especialista en derecho penal, y directora de la organización calificó como un «gran avance» en materia de Derechos Humanos.
«Como establece el artículo número dos de esta Ley (de Amnistía), en su ordinal dos, en Venezuela apostamos a la promoción de la paz, de la convivencia, de la rectificación y de la reconciliación (…) Que impere la justicia, la equidad y la transparencia», señaló en rueda de prensa.
*Lea también: Rodríguez se reúne con representantes de Shell para explorar oportunidades de inversión
Por su parte, la doctora Lilia Camejo, también directora de Justicia Venezolana y experta en justicia penal militar, apuntó que «no es cierto que los presos políticos militares no estén cubiertos dentro de la Ley de Amnistía».
Camejo explicó que el artículo 8 del instrumento, en su numeral 10, establece que los hechos violentos que se suscitaron entre enero hasta abril del 2019, entran dentro del amparo de la amnistía, exceptuando la rebelión militar.
Detalló que en el denominado «Caso Cotiza», y en los hechos suscitados el 30 de abril en las adyacencias de La Carlota, ninguno de los involucrados fue acusado, ni condenado por el delito de rebelión militar.
«Nosotros fuimos defensa técnica en ese caso y todos esos oficiales fueron acusados y condenados por el delito de motín, sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada, desobediencia en tiempo de paz», detalló para sostener que fueron absueltos por el delito de traición a la Patria.
Camejo ejemplificó el tema de los presos políticos militares que deben salir en libertad con el caso de los Comandantes de los Batallones Blindados del Ejército, sobre quienes dijo que si bien no están dentro de las fechas tipificadas en la Ley de Amnistía, ya cumplieron la pena y todavía no han sido puestos en libertad.
«Dentro de todos estos casos hay mucha gente inocente, y que está siendo condenada con unas penas exorbitantes de 30 años», lamentó Camejo para hacer un llamado en el que ratificó la postura del diputado Jorge Arreaza, presidente de la comisión de seguimiento de la Asamblea Nacional para este tema, quien manifestó que la jurisdicción penal militar debe analizar muchos de estos expedientes.
Tras reiterar su disposición a seguir sumando todos los esfuerzos en procura de la liberación de estos oficiales que puedan ser beneficiarios de la ley y la coyuntura que vive el país en procura de la consolidación de la paz, las voceras de Justicia Venezolana enfatizaron su solidaridad con los familiares y víctimas militares de la violencia política suscitada en el país el pasado 3 de enero.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.





