Joel García: «No hay base legal» para revocar la excarcelación de Juan Pablo Guanipa
El abogado Joel García destacó que el Ministerio Público no aclara o identifica qué condición incumplió Juan Pablo Guanipa, «cuándo ocurrió ni cómo se verificó. Sin un hecho concreto y demostrable, la revocatoria carece de motivación suficiente, como exige el COPP. La legalidad no puede sostenerse en vaguedades»
Joel García, especialista en derecho penal y defensor de derechos humanos, aseguró este lunes 9 que «no hay base legal» para revocar la excarcelación de Juan Pablo Guanipa, quien estuvo poco más de 12 horas en libertad condicional.
«La Fiscalía habla de “incumplimiento”, pero la boleta de excarcelación exige presentarse cada 30 días. Si Guanipa salió ayer, es materialmente imposible incumplir una obligación cuyo plazo ni siquiera ha comenzado. Sin hecho objetivo, no hay base legal para revocar», señaló García en redes sociales.
Guanipa fue detenido a las 11:45 p.m. del domingo por sujetos no identificados, tras ser excarcelado. En la boleta se detalla que tiene prohibición de salida del país y presentación en tribunales cada 30 días. Según el Ministerio Público, en un comunicado publicado la madrugada de este lunes, el político zuliano incumplió «las condiciones impuestas por el precitado órgano jurisdiccional».
El abogado destacó que el Ministerio Público no aclara o identifica «qué condición incumplió Guanipa, cuándo ocurrió ni cómo se verificó. Sin un hecho concreto y demostrable, la revocatoria carece de motivación suficiente, como exige el COPP. La legalidad no puede sostenerse en vaguedades».
Además, se viola el principio de presunción de inocencia y la excepcionalidad de la prisión preventiva, establecida en las leyes venezolanas.
García explicó que dar declaraciones ante medios de comunicación o acompañar a familiares de presos políticos «no viola ninguna medida cautelar, porque el tribunal no impuso restricciones de expresión, reunión o participación pública. Convertir derechos constitucionales en “incumplimientos” es jurídicamente improcedente».
«La Fiscalía invoca la facultad de revocar medidas, pero omite los requisitos esenciales: hecho objetivo, motivación y relación con riesgos procesales. Sin esos elementos, la privación de libertad deja de ser cautelar y se convierte en un uso desviado del proceso penal», sentenció.
Asimismo, puntualizó que al revocar medidas cautelares ante hechos no prohibidos por un tribunal se envía un mensaje «grave», pues dejan de ser «un instrumento procesal y se transforma en un mecanismo de control. La ley exige precisión, no interpretaciones expansivas que afecten derechos fundamentales».
«La justicia debe basarse en hechos verificables, no en interpretaciones que no aparecen en la boleta de excarcelación. La Fiscalía confunde “incumplimiento” con “no me gusta lo que dijo”… Cuando la libertad depende del silencio, deja de ser cautelar y se convierte en control. La ley exige hechos, no gustos», aseveró el profesor universitario.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.





