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Decreto de Estado de Excepción y emergencia económica es extendido por 60 días más



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Gaceta oficial Corpoelec Industrial
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TalCual | mayo 8, 2020

Las medidas del decreto hablan sobre garantizar la producción y el abastecimiento a la población, decisiones tributarias, incentivos al sector productivo, la implementación de criptoactivos, la fijación de precios, entre otros


Como es costumbre en los últimos cuatro años, el gobierno de Nicolás Maduro hizo oficial la 29° prorrogación del decreto de Estado de Excepción y emergencia económica, que le faculta para tomar medidas extraordinarias en materia financiera.

El decreto está compuesto por un total de 35 medidas, algunas vigentes desde su primera publicación en enero de 2016 y otras que se han ido agregando a lo largo de los últimos años, que hablan sobre garantizar la producción y el abastecimiento a la población, decisiones tributarias, incentivos al sector productivo, la implementación de criptoactivos, la fijación de precios, entre otros.

Un puñado de medidas tienen especial relevancia ante la coyuntura existente en el país debido a la expansión del coronavirus y las respectivas medidas de confinamiento dictadas para detener la cadena de contagio. En este sentido, se procura garantizar la producción de rubros esenciales y su debida obtención por parte de la población.

«La formulación e implementación de mecanismos especiales de supervisión, control y seguimiento, de procura, obtención y suministro de la materia prima, producción de los rubros esenciales, fijación de precios, comercialización y distribución de los productos estratégicos necesarios para la agroproducción, alimentación, salud, aseo e higiene personal», destaca el punto 23.

*Lea también: Alcaldía de Maracaibo extendió horario de atención a supermercados y farmacias

También destaca la fijación de precios impuesta por el gobierno en las últimas semanas, avalada por este decreto que permite la implementación de este tipo de medidas con la finalidad de que «ordenen y garanticen el el equilibrio de las relaciones comerciales y el acceso a los bienes y servicios fundamentales que determine el Ejecutivo Nacional».

El documento permite al Ejecutivo decidir la suspensión temporal y excepcional de la ejecución de sanciones de carácter político contra autoridades del Poder Público y otros funcionarios, si dichas sanciones obstaculizan la implementación de medidas económicas.

Destacan además la prioridad en reforzar los servicios públicos, avalando la planificación, coordinación y ejecución de la procura nacional e internacional de bienes suministros esenciales para garantizar el desenvolvimiento adecuados del sistema eléctrico nacional, los acueductos y otras infraestructuras.

Por otra parte, faculta a la Administración Tributaria para reajustar la Unidad Tributaria (U.T.) cuando sea pertinente, presuntamente basados en análisis técnicos, incluso cuando el órgano competente que autorice esta medida se encuentre «inhabilitado legal o judicialmente para hacerlo».

De igual forma, autoriza erogaciones con cargo al Tesoro Nacional, esquemas de pago alternativo y cualquier fuente de financiamiento no prevista en el Presupuesto Anual. El Servicio de Tesorería podrá captar recursos fiscales y parafiscales de organismos que administren el control de los mismos.

La publicación arropa la exoneración de impuestos y aranceles a la importación de bienes de capital y materia prima esencial para la producción, industria y servicios prestados en el país.

Habla igualmente de «incentivos» a los sectores productivo, industrial, comercial y de servicios que promuevan la inversión privada de empresarios nacionales con divisas propias.

Esta publicación no debe ser confundida con el estado de alarma nacional, decretado por Maduro cuando dictó las medidas para combatir la covid-19, el 13 de marzo.

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Decreto de emergencia económicaFijación de preciosProducciónUnidad Tributaria


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