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Nuevo gobierno kirchernista excarcela a exministro Julio De Vido



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TalCual | diciembre 14, 2019

El exministro de Planificación queda en libertad por orden de la Cámara Federal de Casación Penal. Volverá a su casa de Zárate con una tobillera electrónica


La Sala I de Cámara Federal de Casación Penal anuló el fallo que rechazó la excarcelación del exministro de Planificación Federal Julio De Vido y ordenó su inmediata libertad por la causa de los Cuadernos de la Corrupción. Sin embargo, seguirá detenido con prisión domiciliaria por el caso de Yacimientos Petrolíferos de Río Turbio.

El exsecretario de coordinación de la cartera, Roberto Baratta, también fue beneficiado por la misma Sala en la causa «Cuadernos», reportó el medio argentino Todo Noticias.

De esta manera, el tribunal hace lugar al pedido de la defensa del exfuncionario kirchnerista, que tiene una condena de 5 años y 8 meses de prisión por la Tragedia de Once y está procesado por el desvío de 176 millones de pesos de fondos públicos destinados a la mina de Río Turbio.

En este expediente, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 ya le había sido concedido el beneficio con arresto domiciliario pero continuaba en la cárcel de Ezeiza por la causa de los cuadernos, en la que se encontraba detenido desde el 17 de septiembre de 2018, por decisión del Tribunal Oral Federal 7, que había rechazado su excarcelación.

Se conoció que había iniciado una huelga de hambre en reclamo por su libertad y denunció una «despiadada persecución» en su contra. Hoy fue excarcelado «sin ningún tipo de caución». Volverá a su chacra de Zárate, ubicada dentro de un barrio privado, con una tobillera electrónica

El fallo, firmado por los jueces Diego Gustavo Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, resuelve aceptar el recurso de la defensa y ordenar que el TOF 7 revea su decisión de no morigerar la situación del detenido «con la urgencia que el caso amerita».

Coinciden en que el Tribunal no analizó debidamente las alternativas al encarcelamiento y le ordenó volver a fundar su criterio en caso de resolver que siga en prisión.

La decisión de los camaristas aparece a la luz de las nuevas normas del Código Procesal Penal que puso en vigencia la Comisión Bicameral, antes del traspaso presidencial.

La prisión preventiva produce «efectos que no podrían ser reparados en la sentencia final», fue el criterio con el que los jueces entendieron que correspondía tratar los planteos en la Cámara de Casación.

Entendemos que la norma citada exige analizar si se verifican indicios claros, objetivos y ciertos que funden las presunciones de fuga y entorpecimiento probatorio», sostuvo el juez Barroetaveña en su voto en relación a la prisión preventiva de De Vido.

El magistrado añadió que «la correcta inteligencia de la norma en trato es asignarle el sentido eminentemente procesal que posee, por lo que, no obstante no se verifiquen los supuestos previstos, si luego de ponderarse íntegramente los riesgos procesales es posible sostener que el arresto domiciliario resulta suficiente para que aquéllos puedan ser neutralizados, la adopción de esa medida debe ser tomada en consideración».

En su voto, la jueza Figueroa argumentó: «Cabe advertir que en todo Estado de derecho en una sociedad democrática, resulta intolerable que con ritualismo y rigorismo formal no se aborde el tratamiento de instituciones esenciales de la libertad y se abuse en el uso de las prisiones preventivas, violando normas constitucionales y convencionales que rigen la materia, máxime cuando en el caso sometido a control jurisdiccional se ha dado cuenta de manifiestas arbitrariedades”.

La Cámara le impuso tres condiciones para su libertad: la promesa de someterse al procedimiento y no obstaculizar la investigación, presentarse ante el Tribunal todos los meses, la prohibición de salir del país, la entrega de su pasaporte y la colocación de un dispositivo de moniteo de GPS, es decir, someterse al programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica.

El ex superministro de Néstor y Cristina Kirchner también enfrenta un juicio por la causa «Vialidad», en la que también está acusada la actual vicepresidenta, por la adjudicación de obras viales en la provincia de Santa Cruz a favor del empresario patagónico Lázaro Báez.

En el caso de Baratta, detenido desde agosto de 2018, los camaritas anularon la prisión preventiva, solicitaron al tribunal que también revise su situación y ordenaron su excarcelación sin ningún condicionamiento.

Dispusieron que su libertad se haga efectiva desde la Alcaidía de Superintendencia de Investigaciones Federales de la Policía Federal Argentina.

Tras la resolución de la cámara, el TOF 7 hizo efectivas las excarcelaciones.

La decisión de la sala ocurre tras el mensaje que dejó Alberto Fernández en su jura contra el supuesto abuso de las prisiones preventivas por parte de la Justicia.

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