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Fallos del TSJ contra Colegios de Abogados buscan neutralizar a la sociedad civil



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TSJ Sala Electoral
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Regiones TalCual | mayo 30, 2022

La ONG Acceso a la Justicia advirtió que las recientes sentencias judiciales de la Sala Electoral del TSJ, que inciden en los procesos convocados por los gremios de los estados Lara y Carabobo, indican que la estrategia para neutralizar e intervenir la libertad de asociación sigue formando parte de la agenda del «nuevo» tribunal


Los fallos adoptados por la Sala Electoral del TSJ, en contra de los Colegios de Abogados de Carabobo y Lara, ponen en evidencia que la estrategia para neutralizar e intervenir la libertad de asociación de las organizaciones gremiales y sindicales, entre otras, que el TSJ junto con el CNE han llevado adelante en las últimas dos décadas, sigue formando parte de la agenda del «nuevo» máximo juzgado.

Así lo expone la ONG Acceso a la Justicia, en nota de prensa, señalando que «un mes es el tiempo que le ha tomado a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) salir de la parálisis en la que la sumió la decisión de la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 tras reducir de cinco a tres la cantidad de sus integrantes y solo dejar a uno de sus anteriores miembros. Cuatro semanas después de los cambios la instancia ha dictado sus primeras nueve decisiones, y dos de ellas han sido dirigidas contra los procesos comiciales que preparaban dos colegios de abogados».

Advierte AJ que, de ambos fallos, el que tiene mayores repercusiones es el primero, publicado bajo el N.° 038, pues en él se suspendieron cautelarmente los comicios para renovar a la junta directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo previstos para el pasado 27 de mayo.

¿Por qué la Sala tomó semejante decisión? Porque la Comisión Electoral de la organización profesional habría estado preparando el proceso a espaldas del Consejo Nacional Electoral (CNE), tal y como lo denunció el accionante, el abogado Gianni Evidio Piva Torres, en el escrito que presentó el 18 de mayo. Para sustentar su señalamiento, el denunciante citó en su acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar unas declaraciones de la presidenta de la Comisión Electoral del Colegio, Roraima Álvarez, en las que aseveró que tenían ocho años esperando a que el árbitro les diera el visto bueno a las votaciones, explica la ONG en su comunicado.

Venezuela Carabobo Valencia.
27/05/2022.
Colegio de Abogados. Debate sobre el Amparo que Suspendió las Elecciones del Gremio de Abogados de Carabobo.
Dra Lyli López Candidata al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados por la Plancha Nro 1@lavozdelgremio1 @RamonCarmonaB1 pic.twitter.com/3rxnpcOTi1

— Lyli Lopez (@LyliLopez) May 27, 2022

Lea también: Chavismo nombra TSJ: 12 de 20 magistrados sobrepasarán lapso constitucional en el cargo

La instancia dictaminó lo siguiente en el fallo redactado por su presidenta, la magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez:

«Como quiera que las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, dictadas por el Consejo Nacional Electoral, en sus artículos 10 numeral 2 y 13 numeral 3, establecen, por un lado, que dicho Ente Rector deberá autorizar la convocatoria, previa verificación de la legalidad de los miembros de la Comisión Electoral y, por el otro, impone al respectivo órgano técnico-asesor la obligación de solicitarle al Consejo Nacional Electoral autorización para convocar elecciones; lo que implica haberle notificado al órgano Rector Electoral y por ende su necesario acompañamiento, situación que en el presente expediente no se verifica; y ante tal circunstancia se configura la presunción grave de vulneración del derecho al sufragio y la participación política y protagónica».

Con la suspensión de las elecciones del Colegio de Abogados del estado Carabobo, pautadas para el #27May, el Gobierno sostiene su política de intervención de los colegios profesionales del país. Nuestro #Hilo sobre el tema. https://t.co/oRu0db3UPj

— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) May 26, 2022

Lara en la mira

La Sala Electoral no solo paralizó las elecciones del Colegio de Abogados de Carabobo sino que también puso su mirada en las del estado Lara. Así, en la sentencia n.° 039 la instancia aceptó revisar una demanda que días antes le remitió el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Lara contra un proceso similar puesto en marcha en el organismo gremial de la entidad centro occidental.

Sin embargo, en esta ocasión el máximo juzgado no emitió ninguna medida, por no tener muy claro qué estaban pidiendo los accionantes, a los que les dio dos días de despacho para que «corrijan» su escrito e «indiquen con total claridad y sin lugar a equívocos a este órgano de justicia; descripción narrativa de los hechos, actos u omisiones y demás circunstancias que motivaron la presente acción, acreditando la cualidad con la que alegan actuar, precisando además en qué consisten y cómo se manifiestan las presuntas obstaculizaciones denunciadas y si la presente Acción de Amparo tiene por objeto la convocatoria electoral, o que se resuelva la situación de legitimidad delatada en referencia a sus autoridades, o si tiene por objeto el cese de las perturbaciones y vías de hecho, que subyacen al irregularmente iniciado proceso electoral de renovación de las autoridades del Colegio de Abogados del Estado Lara».

En Lara, de acuerdo al recuento que figura en el fallo, la situación es más compleja, porque la última junta directiva del Colegio de Abogados elegida en 2017 no puede sesionar, pues su presidente (José Luis Machado Astudillo) falleció y los demás integrantes renunciaron, quedando solamente dos de los originales. Por ello, en marzo pasado la Asamblea General del Colegio resolvió designar a otra junta provisional, que no ha podido asumir porque algunos miembros la objetan.

Neutralizando a la sociedad civil

Los fallos ponen en evidencia que la estrategia para neutralizar e intervenir la libertad de asociación de las organizaciones gremiales y sindicales, entre otras, que el TSJ junto con el CNE han llevado adelante en las últimas dos décadas, sigue formando parte de la agenda del «nuevo» máximo juzgado.

En el informe La toma del poder en los colegios de abogados de Venezuela (2000-2020), que Acceso a la Justicia publicó a principios de este año, denunciaron la alianza entre el CNE y el TSJ para obstaculizar el derecho constitucional a la asociación.

¿Cómo ha funcionado esa alianza? Por un lado, el organismo comicial aprovechó la entrada en vigor de la Constitución de 1999 para prohibir a los gremios, sindicatos, universidades y asociaciones profesionales celebrar elecciones sin su supervisión y, por el otro, el TSJ ha dictado más de una treintena de sentencias haciendo valer esa veda.

¿Cuál ha sido la consecuencia de esta estrategia? De acuerdo con el reporte de Acceso a la Justicia

«El máximo juzgador consolidó la grave distorsión con la ilegítima utilización del control judicial para fines distintos a los establecidos en el texto constitucional, como sería controlar e inmiscuirse en las elecciones de los colegios de abogados con el único objetivo de secuestrarlos, en violación de la democracia, el Estado de derecho y los derechos humanos».

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

Los fallos contra los colegios de abogados se producen en un momento en el que las amenazas contra las organizaciones cívicas se han recrudecido. Prueba de ello es que en las últimas semanas un alto funcionario (el gobernador de Carabobo, Rafael Lacava) ha demandado judicialmente a dos activistas de derechos humanos. Lo anterior parece augurar malos tiempos para todas aquellas organizaciones, instancias y movimientos que no están bajo el control de las autoridades, y hace temer que prosiga la «reducción del espacio cívico» denunciada en sus informes por la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet.

Con información de Juan Bautista Salas | ElImpulso.com

Lea también: Jorge Rodríguez cambió a última hora la lista de nuevos magistrados del TSJ

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