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Cecodap advierte que los «asuntos urgentes» del TSJ vulneran la prioridad de los niños



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TSJ extradición - onapre Marino Alvarado - comité
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TalCual | agosto 19, 2020

En la web del Tribunal Supremo de Justicia se detalla que las acciones prioritarias serán aquellas que atenten en contra de la vida, seguridad, integridad y salud de esta población. Por tanto, «serán atendidos de forma urgente»


Luego de cuatro meses de que se iniciara la cuarentena por la pandemia del coronavirus, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) detalló cuáles son los «casos urgentes» que serán atendidos en los tribunales de protección de niños, niñas y adolescentes mientras duren las medidas especiales por la covid-19.

Cecodap advierte que durante este tiempo, «la suspensión de los procesos judiciales en curso y la imposibilidad de presentar demandas son la constante que vulnera el derecho a la justicia y a la protección que tienen los niños, niñas, adolescentes y sus familias».

Asimismo, la organización que vela por los derechos humanos y previene la violencia y promueve el buen trato a la niñez y adolescencia dice que «observa con preocupación cómo los conflictos familiares se incrementan durante la cuarentena sin tener un órgano judicial accesible que ayude a superar los impases, garantice los derechos de esta población y evite males mayores».

El documento titulado: «Lineamientos para el funcionamiento de los jueces y juezas de la jurisdicción de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de las medidas de protección a la salud ‘distanciamiento social’, decretadas por el Ejecutivo Nacional frente a la covid-19», comenzó a aplicarse desde 12 de agosto.

Es la primera vez, en medio de la cuarentena, que el TSJ detalla los casos que se consideran «urgentes». Desde el 20 de marzo, resoluciones emanadas por el Poder Judicial mantenían a media marcha a los tribunales, sin especificar con precisión y claridad qué tipo de situaciones ameritaban la habilitación de juzgados. Tres resoluciones posteriores prorrogaron la decisión de suspender las causas y no contar los lapsos procesales. Estas medidas institucionalizaron la desprotección a los niños, niñas y adolescentes.

La Sala de Casación Social dio a conocer públicamente cuáles son «los asuntos urgentes» en materia de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, Cecodap advierte que «falta algo», pues dice que en el texto no se indican los mecanismos, recursos o instancias a los que una familia, abogado o cualquier persona interesada puede acudir, si su caso no es atendido. «Mucho menos señala qué pasa cuando su problema no se encuentra entre la lista privilegiada».

Prioridades del TSJ

De acuerdo con los lineamientos del TSJ, mientras el país se encuentre bajo cuarentena se atenderán solo casos que se consideren especialmente urgentes. Cuando la causa se relacione con niños se procesarán a través del acceso, recepción y trámite, como por ejemplo un amparo constitucional.

La nota indica que los tribunales implementarán un sistema de guardias entre jueces y todo el personal requerido para el debido funcionamiento del sistema de protección de la niñez y adolescencia. Además, asegura que se garantizarán los mecanismos de comunicación con todos aquellos usuarios que requieran atención inmediata.

En la práctica, este esquema de guardia no es público. No se han desarrollado campañas informativas sobre esta forma de atención por parte del órgano jurisdiccional.

En la web del Tribunal Supremo de Justicia se detalla que las acciones prioritarias serán aquellas que atenten en contra de la vida, seguridad, integridad y salud de esta población. Por tanto, «serán atendidos de forma urgente».

No obstante, Cecodap recuerda que también se consideran asuntos urgentes: la acción judicial de protección, medidas de protección, colocación familiar, colocación en entidad de atención, adopción, restitución de custodia tanto nacional como internacional, autorizaciones de viaje en los casos en los que sea urgente o por condiciones de salud, privación de patria potestad, ejercicio unilateral de patria potestad, casos de tutela, separación de cuerpos, divorcio por desafecto o por mutuo consentimiento, homologación de acuerdos de liquidación y partición de la comunidad conyugal o de uniones estables de hecho, justificativos para perpetua memoria y acuerdos y convenios de instituciones familiares o sobre asuntos familiares.

«En el caso de acciones de disconformidad en contra de los actos administrativos dictados por los Consejos de Protección o el Consejo Municipal de Derechos, deberá ser ponderada la urgencia por el juez de la causa», detalla la organización.

Tecnología judicial

El acuerdo al que llegó la Sala de Casación Social prioriza la seguridad sanitaria de los ciudadanos. Sin embargo, considera que una forma para garantizar la debida atención y asistencia, puede hacerse uso de las tecnologías de la información y comunicación. Por ende, permiten recursos como lo son los correos electrónicos, llamadas, chats, videollamadas, entre otros.

No obstante, según un reportaje de Efecto Cocuyo, publicado en mayo, «quienes promueven la justicia virtual en tiempos de cuarentena por el covid-19 no pueden garantizar que todos los jueces, secretarios, fiscales, defensores públicos y abogados litigantes cuenten con los dispositivos móviles imprescindibles: teléfonos inteligentes, laptops o tablets».

Además el sistema Juris se encuentra fuera de servicio desde abril de 2019. Al día de hoy el sistema Juris continua fuera de servicio. Esta es la plataforma que garantiza la automatización en la gestión judicial y es utilizada en los Tribunales de Protección del Niño, Niña y Adolescente.

Si la plataforma web del TSJ permite revisar sus propias sentencias, mucho menos otros tribunales puede garantizar ese derecho.

Desde Cecodap se explica que este tipo de medidas «deja abierta un margen de discrecionalidad sobre cuáles casos pueden ser considerados urgentes y cuáles no» y recuerda que para un niño o adolescente, «cualquiero problema que lo afecta es urgente». Asimismo, resalta que «es responsabilidad del Estado adoptar todas las medidas para garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva para todos los ciudadanos, en todo momento».

 

 

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