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Bienes suntuarios pagarán en total 31% de Impuesto al Valor Agregado



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Ahiana Figueroa | @ahianaf | agosto 24, 2018

La reforma de la Ley del IVA abandona la Unidad Tributaria como marcador de la definición de límites sobre los cuales determinados servicios y bienes son calificados de consumo suntuario y en su lugar adopta el dólar americano


Por el consumo e importación de bienes y servicios calificados de consumo suntuario por las normas tributarias, se deberá cancelar ahora un total de 31% de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

De acuerdo a la reforma de la Ley del IVA aprobada por la Asamblea Constituyente y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.396 de fecha 21 de agosto de 2018, los bienes considerados de lujo pagarán ahora 16% por la alícuota general del IVA y un 15% adicional. Anteriormente, estos productos cancelaban 10% y 15%, respectivamente (25% en total).

Por otra parte, las modificaciones a la norma legal de este impuesto abandona la Unidad Tributaria (UT) como marcador de la definición de límites sobre los cuales determinados servicios y bienes son calificados de consumo suntuario, y en su lugar adopta el dólar americano como nuevo referente exclusivo para definir lo rangos tributarios de estos rubros

El artículo 61 de la reforma de la Ley del IVA establece que serán gravadas las ventas o importación los vehículos cuyo valor en aduanas o precio de fábrica en el país sea mayor o igual a $40.000; motocicletas cuyo valor sea mayor o igual a $20.000; accesorios para vehículos que no estén incorporados a los mismos en el proceso de ensamblaje cuyo precio sea mayor o igual a $100; joyas y relojes cuyo precio sea mayor o igual a $300; prendas y accesorios de vestir elaborados con cuero o pieles naturales cuyo precio sea mayor o igual a $10.000 y, obras de arte y antigüedades cuyo precio sea mayor o igual a $40.000.

El experto tributario Camilo London sostiene que esta reforma tributaria establecida sin consulta pública, sin participación de la academia y las universidades nacionales, ni del resto de la sociedad civil, es una especie de Ley Habilitante asumida por el partido de Gobierno que rige a la ANC, sin considerar a la Asamblea Nacional como órgano de representación ciudadana y sin rendición de cuentas a la población. Recalcó que adoptar el dólar es una manera de buscar otras fórmulas para cumplir el objetivo que se había previsto con la creación de la UT.

«Este es el reconocimiento de que la unidad tributaria dejó de ser un marcador útil a los efectos para lo cual fue creada (…) Se podría afirmar que se ha dado una dolarización del IVA, al menos sobre estos rubros», apuntó London

La UT fue creada en el año 1994 para atender el deterioro que la inflación causaba sobre valores de las tarifas, escalas, beneficios y sanciones tributarias, todos ellos  definidos en unidades monetarias que perdían vigencia ante dicho fenómeno económico. Hoy en día su variación o ajuste no ha ido a la par con el índice de precios ni mucho menos con el proceso de hiperinflación que vive el país.

Otros rubros considerados suntuarios pero que de acuerdo a la reforma de la ley no llevan un rango tributario ni monto específico en bolívares o en dólares para ser pechados son las aeronaves civiles y sus accesorios destinados a exhibiciones, publicidad, instrucción, recreación y deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios; buques destinados a actividades recreativas o deportivas, máquinas de juegos de envite o azar activadas con monedas, fichas u otros medios, así como las mesas de juegos destinadas a juegos de envite o azar; armas, así como sus accesorios y proyectiles; animales con fines recreativos o deportivos y, caviar y sus sucedáneos.

Por la prestación de servicios también se pecharán con una alícuota total de 31% las membresías y cuotas de mantenimiento de restaurantes, centros nocturnos o bares de acceso restringido; arrendamiento o cesión de uso de buques destinados a actividades recreativas o deportivas, así como los destinadas al uso particular de sus propietarios; y de aeronaves civiles destinadas a exhibiciones, publicidad, instrucción, recreación y deporte, así como las destinadas al uso particular de sus propietarios y, los prestados por cuenta de terceros, a través de mensajería de texto u otros medios tecnológicos.

El presidente Nicolás Maduro lleva a cabo una reforma tributaria como parte de su «plan de recuperación, crecimiento y prosperidad económica», que entre otras cosas, aumentó de 12% a 16% la tasa general del IVA, manteniendo las exenciones  para rubros prioritarios como algunos alimentos. La medida comenzará a regir desde el próximo 1° de septiembre.

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